Coordinadora: Profesora: Angela Maiz Bruzual
- Son atribuciones y obligaciones generales de la Profesora Angela Maiz, Coordinadora del Centro Local Sucre, las siguientes:.
- Ejercer la Dirección y Supervisión de las actividades de las Unidades Académicas y Administrativas del Centro Local.
- Velar por el cabal cumplimiento de las funciones de enseñanza aprendizaje, investigación, extensión y demás actividades académicas y ejercer la dirección o coordinación del personal docente adscrito a este Centro Local.
- Ejercer la Dirección y supervisión del personal administrativo y obrero.
- Presentar las dependencias centrales los proyectos de presupuesto y el Plan Operativo para cada año Fiscal.
- Convocar y presidir el Comité Técnico Asesor.
- Representar a la Universidad en los actos de carácter público.
- Firmar la correspondencia oficial y demás documentos propios del Centro Local Sucre.
- Desarrollar las acciones necesarias para establecer y mejorar las relaciones de intercambio y cooperación con las instituciones y demás organismos establecidos en el área regional de influencia y promover la celebración de acuerdos y convenios con los mismos.
- Promover actividades de extensión cultural, técnica, científica, deportiva y recreativa, que contribuyan a proyectar la Universidad y su ámbito regional.
- Cumplir y hacer cumplir las normas y procedimientos presupuestarios, administrativos y financieros de la Universidad.
- Dirigir los procesos de reclutamiento del personal docente, administrativo y obrero requerido por el Centro Local.
- Elaborar la memoria y cuenta del Centro Local para su presentación ante la Secretaría.
- Cualquiera otra que le fuere asignada por los órganos del gobierno y Dirección de la Universidad.
- Proyectos de la Coordinación:
- Proyecto de conectividad, para crear espacios de comunicación entre la comunidad y la universidad.
- Promoción a la investigación: pretende lograr escenarios para la formación y el desarrollo de proyectos de investigación en los niveles de pregrado y postgrado.
Contacto: unasucre1700@gmail.com. Consejo Técnico Asesor. En cada centro Regional y local funcionará un Comité Técnico Asesor, integrado por el Director o Coordinador respectivo, quien lo presidirá, los jefes de unidades que conforman la estructura organizativa del Centro, un (1) representante del personal académico ordinario y un representante de los estudiantes, electos según las normas correspondientes. Cuando se trate de un Centro Regional se integrarán, además, los responsables de los Centros Locales y Unidades de Apoyo que se le adscriban. Cuando se trate de un Centro Local, los responsables de las Unidades de Apoyo que le estén adscritas. Son funciones del Comité Técnico Asesor: Diseñar el Plan Operativo Anual y formular el Anteproyecto de Presupuesto para cada Año Fiscal del Centro Regional y Local, según sea el caso, así como de las Unidades de Apoyo que les estén adscritas, de acuerdo con los lineamientos emanados de las instancias centrales correspondientes. Evaluar periódicamente el desarrollo de los procesos académicos y administrativos del Centro. Proponer estrategias para mejorar los servicios que se brindan a la comunidad. Cualquier otra que fuere asignada por el Director o Coordinador del Centro. Artículo 21.– El Comité Técnico Asesor se reunirá ordinariamente una vez al mes, y de manera extraordinaria cuando fuese convocado por su presidente, o a solicitud de la tercera parte de sus miembros. |